El divorcio es un procedimiento legal para poner fin a la relación matrimonial, que devuelve a cada uno de los cónyuges la libertad y posibilidad de casarse con otras personas.
A través del divorcio se pone fin al matrimonio y se establece mediante sentencia judicial. En nuestro país, el divorcio se regula por el Código Civil, en el Título IV y Capítulo VIII, específicamente en el artículo 85.
No hacen falta razones concretas para solicitarlo más que la voluntad de uno de los cónyuges, de ambos o de uno con el beneplácito del otro, para terminar con el matrimonio.
En general, hay que esperar tres meses desde la celebración del matrimonio para pedir el divorcio, pero la ley establece que si hay algún riesgo para la vida, la libertad, la integridad física, moral o sexual del demandante, no tienen que pasar estos tres meses.
En nuestro país, se considera que hay dos tipos de divorcio, el de mutuo acuerdo y el contencioso. Te contamos en qué consiste cada uno.
Divorcio mutuo acuerdo o Divorcios Express
El divorcio de mutuo acuerdo es aquel proceso en el que los miembros del matrimonio, mediante un convenio regulador, deciden y manifiestan su voluntad de divorciarse.
En este convenio están reguladas todas las consecuencias legales en el aspecto familiar y en el aspecto patrimonial.
La demanda de divorcio de mutuo acuerdo la redactan y la firman los abogados y procuradores y debe ser acompañada por el certificado literal del matrimonio, que el Registro Civil donde esté inscrito tendrá que expedir, las actas de nacimiento (si hay hijos) y la propuesta del convenio regulador firmado por ambos cónyuges.
Cuando se haya presentado la demanda de divorcio, el Juzgado correspondiente citará a ambas partes para ratificar el convenio regulador a presencia judicial; si hay hijos, el Ministerio Fiscal tendrá que emitir un informe para velar por los intereses de los menores.
Una vez ratificado el convenio, la sentencia de divorcio se dictará y se inscribirá de oficio en el Registro Civil que corresponda.
Hoy en día también se conoce como divorcio express que viene a raiz del procedimiento aprobado e introducido en la Ley 15/2005 de jurisdicción voluntaria, y permite a los cónyuges que quieren divorciarse hacerlo incluso sin intermediación judicial.
Para esto se aconseja la asistencia de abogados de familia, que aunque no es obligatorio ayuda mucho en la redacción del convenio regulador. Un mismo abogado puede servir para los dos cónyuges, lo cual significa un gran ahorro (consulte nuestra tarifas).
Los requisitos para el divorcio express son los siguientes: el divorcio de mutuo acuerdo, la existencia del convenio regulador, tener tres meses de casados, no tener hijos menores y residir en España.
Divorcio contencioso
El divorcio contencioso sucede cuando no hay consenso entre las partes. Si bien no hay que presentar pruebas ni razones para divorciarse, este procedimiento es más duro de llevar porque implica un fuerte coste emocional.
Será un juez el que determine el régimen de visitas y el que tome medidas provisionales para regular transitoriamente aspectos como la vivienda, los hijos, pensión alimenticia, cargas matrimoniales, etc.